De acuerdo con lo establecido en el Calendario Electoral, este sábado 3 de diciembre al medio día vence el plazo para la presentación de demandas de inhabilitación de candidatos para las Elecciones Generales y Elección para la Selección de Prefectos del 18 de diciembre.
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La CNE admitirá las demandas para candidatos a Presidente, Vicepresidente, Diputados y Senadores; mientras que las Cortes Departamentales aceptarán, hasta la misma hora, las demandas contra los candidatos a las prefecturas.
Por razones presupuestarias y de tiempo la Corte Nacional Electoral no abrió nuevamente el registro de ciudadanos para las elecciones del 18 de diciembre. Las Elecciones Generales de este año fueron convocadas mediante DS 28228 y DS 28229 para el domingo 4 de diciembre de 2005, en ese marco se elaboró el Calendario Electoral para la realización de esos comicios. La inscripción ciudadana, dentro de ese Calendario, se realizó entre el 15 de agosto y el 5 de septiembre de 2005.
La inscripción se realizó tomando en cuenta los plazos operativos que contemplaron las siguientes actividades: la designación de notarios electorales, el envío de libros de registro a las notarías (ambas actividades, previas al inicio de la inscripción propiamente dicha); luego el plazo de inscripción ciudadana. Después de concluido el período de inscripción, se emplea otro tiempo en el recojo de los libros de registro, la transcripción de los datos de los inscritos a la base de datos del Padrón Electoral en cada una de las nueve cortes departamentales electorales. Luego de la transcripción, viene el período de la depuración departamental y finalmente la depuración nacional.
Estas son las actividades que realiza el Organismo Electoral para actualizar el Padrón Electoral en cada proceso eleccionario, que demandan un tiempo mayor al del período de inscripción ciudadana.
No pagarán por spots prohibidos
Por otro lado, la Sala Plena de la Corte, reunida el jueves 1 de diciembre, determinó no pagar los spots de propaganda política difundidos por los canales televisivos que hayan sido suspendidos mediante resolución. Es decir, que si la Corte emite una resolución de suspensión y luego notifica a los canales con la misma, pero aquellos medios continúan difundiendo ese mensaje, entonces la Corte no cancelará el costo de dicha difusión.
La Corte emitió la Resolución 244/2005 con fecha 1 de diciembre de 2005, mediante la cual ordena la suspensión del spot denominado "SEMAPA" difundido por varios medios de comunicación televisivos de Cochabamba.
La determinación señala que en el spot "existe una intencionalidad de mostrar una imagen negativa del candidato como causante de las movilizaciones ocurridas en la ciudad de Cochabamba, hecho que sin duda agravia la imagen del candidato, por lo que el spot en cuestión incurre en las prohibiciones de los Arts. 120 y 121 del Código Electoral".
Además de notificar a las redes de televisión nacionales, el Organismo Electoral notificó, mediante la Corte Departamental Electoral de Cochabamba a: Canal 2, Canal 4 ATB, Canal 6 Bolivisión, Canal 11 Universitario, Canal 9 Red UNO, Canal 21 Tele C, Canal 13 Unitel y Canal 39 Univalle.
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